Delitos de quebrantamiento de los deberes de custodia
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Delitos de quebrantamiento de los deberes de custodia en el Código Penal
El Código Penal sanciona con la pena de prisión de seis meses a dos años al que, teniendo a su cargo la custodia de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección, no lo presente a sus padres o guardadores sin justificación para ello, cuando sean requeridos por estos.
De otra parte, el Código Penal sanciona con la pena de prisión de seis meses a dos años al que induzca a un menor de edad o a una persona con discapacidad necesitada de especial protección a que abandone el domicilio familiar o el lugar donde resida con la anuencia de sus padres, tutores o guardadores, así como al progenitor que induzca a su hijo menor de edad a infringir el régimen de custodia establecido judicial o administrativamente.
En todos estos casos, cuando el responsable de los delitos restituya al menor de edad o a la persona con capacidad disminuida necesitada de especial protección a su domicilio o residencia, o lo deposite en lugar conocido y seguro en un plazo de veinticuatro horas, sin haber puesto en peligro su vida, salud, integridad física o libertad sexual, ni haber cometido contra él ningún acto delictivo, será sancionado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses,