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ABOGADOS QUEBRANTAMIENTO DEBERES DE CUSTODIA
Abogados especialistas en delitos de quebrantamiento de deberes de custodia
En Belmonte Abogados Penalistas somos un despacho de abogados especialistas en delitos de quebrantamiento de deberes de custodia en Barcelona.
El socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, es abogado especializado en delitos de quebrantamiento de deberes de custodia y cuenta con más de veinte años de experiencia en el ámbito del Derecho penal.
La mayor garantía de nuestra profesionalidad y éxito es que hemos sido premiados por el prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS en la categoría de Mejores Abogados Penalistas en España, por lo que somos reconocidos como uno de los mejores despachos de abogados de delitos de quebrantamiento de deberes de custodia en Barcelona
Delitos de quebrantamiento de los deberes de custodia en el Código Penal
El Código Penal sanciona con la pena de prisión de seis meses a dos años al que, teniendo a su cargo la custodia de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección, no lo presente a sus padres o guardadores sin justificación para ello, cuando sean requeridos por estos.
De otra parte, el Código Penal sanciona con la pena de prisión de seis meses a dos años al que induzca a un menor de edad o a una persona con discapacidad necesitada de especial protección a que abandone el domicilio familiar o el lugar donde resida con la anuencia de sus padres, tutores o guardadores, así como al progenitor que induzca a su hijo menor de edad a infringir el régimen de custodia establecido judicial o administrativamente.
En todos estos casos, cuando el responsable de los delitos restituya al menor de edad o a la persona con capacidad disminuida necesitada de especial protección a su domicilio o residencia, o lo deposite en lugar conocido y seguro en un plazo de veinticuatro horas, sin haber puesto en peligro su vida, salud, integridad física o libertad sexual, ni haber cometido contra él ningún acto delictivo, será sancionado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.